El ahorro fiscal es el ahorro que obtenemos al pagar nuestros impuestos como consecuencia de la práctica de determinadas acciones o inversiones. Por ejemplo, a la hora de realizar la declaración de la renta si has efectuado alguna aportación a un plan de pensiones durante el año, podremos reducir la cantidad de la base imponible en el IRPF. Eso sí, hasta un límite de 8.000 euros, o bien hasta el 30% de nuestros rendimientos netos del trabajo y de nuestras actividades económicas, si la cuantía resulta menor a los 8.000 euros.
Hay que tener en cuenta que cuanto más aportemos, mayor será el ahorro fiscal del que nos podremos beneficiar. Por ejemplo, si conseguimos aportar durante el año 1.000 euros a un plan de pensiones y nuestro tipo marginal de retención del IRPF es del 19%, nuestro beneficio fiscal, y por tanto nuestro ahorro, será de 190 euros. Pero si conseguimos aportar 2.000 euros, con ese mismo tipo marginal, el beneficio ascendería a 380 euros.
También es cierto que aportando los mismos 1.000 euros del principio, cuanto mayor sea nuestro tipo marginal de retención del IRPF, mayor será el ahorro. Es decir, si nuestro IRPF es del 45% y aportamos 1.000 euros, nos beneficiaremos de una deducción de 450 euros. Y si aportamos 2.000 euros, de 900 euros.
Este beneficio fiscal será idéntico tanto si hemos realizado aportaciones periódicas durante todo el año, como si hacemos una única aportación anual. La franja de tiempo en la que esas aportaciones contarán de cara a la declaración de la renta es de un año natural, es decir desde el 1 de enero al 31 de diciembre.
No hay que olvidar que al rescatar el dinero del plan de pensiones al final de la inversión -preferiblemente una vez jubilados, aunque podremos hacerlo también bajo otros supuestos, entre los que se encuentra el simple hecho de tener 10 años de antigüedad en el plan- deberemos tributar ese capital como rendimiento de trabajo.
El diferir durante un largo periodo de tiempo el impuesto aporta una mayor rentabilidad fiscalidad que realizarlo de una sola vez. Además si el rescate lo efectuamos una vez jubilados también aumentaremos los beneficios de este instrumento de inversión, ya que una vez llegado el retiro, por lo general, nuestra base imponible será menor que en nuestra vida laboral.
Por este motivo es esencial que un experto nos asesore a la hora de cobrar lo acumulado en nuestro plan de pensiones. Él nos aconsejará sobre el momento más favorable fiscalmente y sobre qué forma de cobro puede compensarnos más: de una sola vez, en varios pagos periódicos o recibiendo primeramente una parte en forma de capital y el resto en forma de renta.
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